Ayer conocíamos sobre el mediodía la noticia de la imputación, en la instrucción del caso ático, de Ignacio Gonzalez, Lourdes Cavero (mujer del primero), y de Enrique Cerezo, el presidente del Atlético de Madrid. Se les atribuye la presunta comisión de delitos de cohecho y blanqueo de capitales. El término jurídico concreto para referirse a su situación procesal, tras las reformas legislativas del año pasado, es de investigado. Esta situación es lo que anteriormente conocíamos con el nombre de imputado.
La instrucción del caso está siendo llevada por el Juzgado de Instrucción 5 de Estepona, a pesar de que son muchas las informaciones que vinculan este caso con la trama Gürtel, y a pesar de la petición de la Fiscalía Anticorrupción de inhibición en favor de la Audiencia Nacional. Esta declaración de competencia y jurisdicción dará que hablar en el proceso.
La situación, sin embargo, no es nueva para el dirigente colchonero. Ya en 1999 fue imputado por apropiación indebida de las acciones del club en el momento de la conversión del club a sociedad anónima deportiva. En 2004, en sentencia del Tribunal Supremo, fue absuelto por dicho delito dado que había prescrito el plazo para su persecución. En la misa sentencia declaraba por contra, el Alto Tribunal, que el delito sí había existido, pero ya no era perseguible.
En caso de condena debería dejar la presidencia del club, su ingreso en prisión sería incompatible con el ejercicio de su cargo. Se daría así la misma situación que en el Sevilla respecto de su ex-presidente Del Nido. ¿Veremos a Gil Marín de presidente?